El seguro de responsabilidad civil particular cubre en el ámbito de su vida privada, por actos u omisiones suyos y de las personas de que deba responder en su condición de cabeza de familia El seguro de responsabilidad civil de cabeza de familia cubre los daños personales, materiales y perjucios causados involuntariamente a terceros en el transcurso de la vida familiar y privada:
COBERTURAS:
Con motivo de los actos de la vida cotidiana
Con motivo de la práctica de deportes como aficionado no federado
Por el uso de bicicletas y otros vehículos sin motor
Por los animales domésticos que le pertenezcan o cuya custodia le haya sido encomendada a título gratuito
Por hechos del personal domestico a su servicio
Por hechos de los niños menores confiados ocasionalmente al asegurado, sin mediar ninguna remuneración
Por el uso de aparatos y enseres domésticos en general
Por la utilización de la vivienda habitual
Por la utilización de viviendas de temporada
La posesión y/o tenencia lícita de armas de fuego de carácter particular, pero no las consecuencias derivadas del uso voluntario de las mismas
Se incluye además la responsabilidad civil derivada por:
Los daños y/o perjuicios a consecuencia del montaje, desmontaje y limpieza del arma
Intoxicaciones o envenenamientos causados por bebidas o alimentos preparados o servidos por el Asegurado y consumidos en su domicilio
Daños causados por incendio y/o explosión.
Daños ocasionados accidentalmente a terceros por el agua