Seguro suspensión de espectáculos.

Se indemniza una cantidad pactada por la cancelación interrupcion temporal y suspensión o aplazamiento... 

de eventos de carácter cultural, deportivo, musical o fiestas y otras celebraciones, ante causas imprevisibles y ajenas a la voluntad del asegurado, fenómenos meteorológicos adversos y la incomparecencia del artista/s.

Garantiza el abono de los gastos y costes fijos desembolsados por el asegurado: salarios y seguridad social, alquileres, publicidad y otros.  

¿Qué ofrece?
La cancelación, interrupción temporal, suspensión tras su inicio o aplazamiento de los espectáculos o eventos indicados en la póliza de seguro por los supuestos en la misma indicados.

¿Qué incluye?
El abono de los gastos y costes fijos desembolsados por el asegurado en concepto de salarios y seguridad social, alquileres, publicidad y otros gastos similares para la organización y desarrollo del espectáculo o acto y que no fueran recuperables.

¿En qué supuestos surte efecto?
Ante la ocurrencia de fenómenos meteorológicos adversos (cobertura básica): lluvia, nieve, pedrisco, viento y/o inundación por lluvia o huracán. La cobertura otorgada por esta garantía cesará cuando se pruebe que el 60% del tiempo previsto para el desarrollo del espectáculo o evento asegurado haya podido desarrollarse con normalidad.

Causas imprevisibles ajenas a la voluntad del asegurado (cobertura básica): Cualquier otro evento que resulte imprevisible y/o inevitable ajeno a la voluntad del asegurado, de los organizadores y/o de los actuantes en el espectáculo o evento, por causas que no figuren en las exclusiones de la póliza y que sean distintas de lluvia, nieve, pedrisco, viento, inundación por lluvia o huracán, enfermedad, accidente y/o muerte garantizados en las coberturas propias de fenómenos meteorológicos o de incomparecencia, de estar contratada.
 

Incomparecencia del artista (cobertura opcional) debido a: fallecimiento, lesiones por accidente, enfermedad o secuestro criminal del artista designado en la póliza de seguro; fallecimiento de familiares directos (ascendientes/descendientes) de éste; accidentes de familiares directos (cónyuge o hijos) con hospitalización superior a 15 días.

¿A quién va dirigido?

• Empresas dedicadas a la organización de espectáculos y eventos en general (recreativos, deportivos, culturales, musicales, sociales, etc.).
• Comisiones organizadoras de fiestas y festejos.
• Administraciones públicas.
• Particulares.
• Organización de campeonatos deportivos, como el premio “Hole in one” en golf.

¿Qué requisitos se exigen para la contratación?

Según las garantías contratadas, la suscripción del seguro precisa: 
- Conocer los detalles de la organización del espectáculo o evento; en qué consiste; participantes; fechas; si se organiza en un recinto cerrado o al aire libre; si el escenario está cubierto o descubierto.
- Detallar, con desglose, y por conceptos, los gastos y costes que deben ser objeto de cobertura.
- El cobro de la prima con anterioridad al inicio del espectáculo o evento. Mínimo 15 días antes de la fecha de celebración. 

GRUPO JOCILES

Av. del Valle, 19 / 10600 Plasencia ( Cáceres )

Telf. 927 41 15 40 / e-mail. director@jociles.com

 

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